Resultando: que en virtud de lo dispuesto por Real Orden de 21 de agosto de 1896, dictando las reglas y condiciones para el cumplimiento del arat. 2º de la Ley fecha 20 del mismo mes, los ayuntamientos y juntas de asociados de este partido judicial acordaron oportunamente solicitar el restablecimiento del Juzgado de primera instancia y contribuir para su sostenimiento con el cincuenta por ciento del importe de los gastos, solicitando de la Excma Diputación Provincial una subvención por el cincuenta por cien restante.(&hellip
Sesión ordinaria del día seis de abril de mil ochocientos noventa y ocho. Ayuntamiento de Ribadeo