http://ribadeo.org/mediateca/albumes/imx/1413443653Ordenanza_cemiterios_municipais_expsocion_publica.pdf Enlace a donde aparece el texto de la ordenanza reguladora de los cementerios municipales de Ribadeo ahora en periodo de información pública.
La que estaba aplicándose ahora databa del año 1932 es decir no se ajustaba a la legislación vigente.
¿Qué le vemos en Atalaia positivo a esta Ordenanza?
Primero.-Que por fin se recoge en una Ordenanza las necesidades reales de nuestros cementerios municipales. se normaliza la temporalidad, extinción y caducidad de las concesiones.
Por:
En el artículo 6 se recoge, entre otras cosas,que no se podrán obtener fotografías salvo determinadas circunstancias. Nos parece bien, en Atalaia tenemos albums recogidos a efectos de proteger y reivindicar el cuidado de nuestro Cementerio, siempre las hemos sacado con absoluto respeto a los que allí reposan y ese respeto también lo muestra esta ordenanza inclusive en este artículo. En el punto número 7 del mismo aparece recogida la movilidad funcional al contemplar el acceso de perros guía y vehículos para personas que lo precisen para poder desplazarse.
Las personas que han destacado en esta Villa, las personas con vinculación especial y las tumbas antiguas merecerán un especial cuidado por parte del servicio de cementerios siempre que no existan familiares obligados. Esto es algo que hemos pedido en varias ocasiones desde Atalaia.
Trata también de los derechos de los consumidores y dice que pondrá a nuestra disposición en las oficinas municipales hojas de reclamación.
Se establecerá un registro de contratistas. Otra cosa que vemos muy bien para eliminar el intrusismo profesional y facilitar a los que precisen esos servicios un listado de profesionales.
También regula las construcciones, lo que se construirá, lugares para depositar cenizas (columbarios=, las plantaciones
¿Qué podemos ver negativamente?
Nos hablan de un canón a pagar “que se podrá establecer por el ayuntamiento? Ya pagamos por todo, más no.
Quizás una redacción más clara, menos técnica que permita conocer más fácilmente derechos y obligaciones de los concesionarios, de la gente que allí tiene sepulturas, nichos, panteones y los restos mortales de sus allegados.
Concluimos: Se trata de una Ordenanza necesaria para regular nuestros Cementerios, para protegerlos y entendemos que se adapta a las circunstancias de Ribadeo, de nuestro entorno, tal y como se presenta a exposición pública no vemos motivo alguno para alegar.
Las críticas que llegan a esta ordenanza son sobre la supuesta condición de algunas sepulturas/nichos "a perpetuidad" cuando de siempre los bienes de las entidades locales "son inalterables, inembargables e imprescriptibles" y la concesión de parcelas/enterramientos es un acto administrativo no una transmisión de la propiedad que siempre será del ayuntamiento de Ribadeo, se permite a un particular enterramientos y conservar restos mortales propios o de allegados por tiempo indefinido